Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

auxilio por defunción

Sublema de auxilio
Adm. y Lab. En el ámbito de la Seguridad Social, prestación económica a la que tiene derecho quien haya soportado los gastos del sepelio del difunto causante de la misma.
Como el abono se produce siempre después de que los gastos se hayan generado, se presume que los ha satisfecho el cónyuge superviviente, o el sobreviviente en una pareja de hecho; en su defecto, los parientes del fallecido que conviviesen con él habitualmente. TRLGSS, arts. 216.1.a), 217 y 218.