- autorización temporal de uso de armas
- Adm. Autorización cuyo plazo de validez es de tres meses que se otorga a los titulares de licencias de armas próximas a caducar que soliciten, con la correspondiente documentación, su nueva concesión a las Intervenciones de Armas de la Guardia Civil, que al propio tiempo recogerán las licencias próximas a caducar.Artículo 103 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de armas.
Sublema de autorización