Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

autorización individual

Sublema de autorización
Adm. Licencia o permiso de carácter previo al ejercicio de una actividad privada, que se otorga por las administraciones públicas competentes, previa solicitud del interesado y conforme a lo establecido en la normas. Se diferencia de la autorización general, que se entiende derivada directamente de las normas reguladoras de las actividades privadas y que no requiere otorgamiento individual, sino una simple declaración o comunicación a la administración competente de que la actividad va a empezar a ejercerse.

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