- autorización de seguridad ferroviaria
- Adm. y Eur. Título jurídico que acredita que el administrador de la infraestructura ferroviaria tiene establecido un sistema propio de gestión de la seguridad y puede cumplir los requisitos específicos necesarios para la administración de las infraestructuras en condiciones de seguridad, incluidos, en su caso, el mantenimiento y explotación de los sistemas de control del tráfico y de señalización.
LSF, art. 67.
Sublema de autorización