Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

autonomía administrativa

Sublema de autonomía
Adm. Independencia de un ente para regirse por sí mismo, dado un poder o potestad reglamentaria, a fin de cumplir con el servicio para el cual fue creado.
En virtud de su autonomía administrativa y su especialidad orgánica, esa empresa se encuentra facultada para emitir normas generales administrativas referentes a su actividad.