Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

autoencubrimiento

Pen. Actividad de quien ha cometido un delito que consiste en ocultar las pruebas que pudieran existir, y que además genera nuevos actos delictivos.
«[...] en un caso en el que los actos llevados a cabo para encubrir un delito rebasan la antijuridicidad que abarca el mismo, el autoencubrimiento impune no puede estimarse. De manera que podrán castigarse aquellos actos dirigidos a encubrirse a uno mismo si éstos constituyen por sí mismos un nuevo delito cuyo desvalor no es subsumible en el del delito que origina esta conducta» (STS, 2.ª, de 17-VII-2018, rec. 586/2017).