Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

auto ejecutivo

Sublema de auto
Proc.; El Salv. y Pan. Primera resolución en los procesos ejecutivos que contiene una orden de pagar o de cumplir la obligación de que se trate a favor del ejecutante y en contra del ejecutado con el apercibimiento de que en dos días se debe pagar o denunciar bienes o cumplir la obligación.
Dicho auto se dicta cuando se presenta un documento que presta mérito ejecutivo, o sea aquel del cual deriva una obligación clara, líquida y exigible emitida por el deudor a favor del acreedor o documento al que la ley le reconoce esa calidad. Código Judicial, de Panamá, art. 1622.