Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

auto apelable en un solo efecto

Sublema de auto
Proc. Resolución cuya impugnación no suspende el curso del procedimiento hasta que se resuelva la cuestión recurrida.
En el orden contencioso-administrativo, conforme al artículo 80 LJCA , serían las dictadas por los juzgados de lo contencioso-administrativo y los juzgados centrales de lo contencioso-administrativo en procesos de los que conozcan en primera instancia en los siguientes casos: a) los que pongan término a la pieza separada de medidas cautelares; b) los recaídos en ejecución de sentencia; c) los que declaren la inadmisión del recurso contencioso-administrativo o hagan imposible su continuación; d) los recaídos sobre autorizaciones previstas en el art. 8.5; y e) los recaídos en aplicación de los arts. 83 y 84. «[…] siendo esta ejecutoria al ser apelable en un solo efecto, según disponía el entonces vigente artículo 9.1 de la Ley 62/1978, es indudable que ha quedado sin contenido la presente apelación, por lo que debe ordenarse el archivo de las actuaciones» (ATS, 3.ª, 21-V-1999, rec. 23/1995).