Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

auditor2, ra

1. Civ. y Merc. Persona física autorizada para realizar auditorías de cuentas por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas o por las autoridades competentes de un Estado miembro de la Unión Europea o de un tercer país.
Ley 22/2015, de 20-VII, de Auditoría de Cuentas, art. 3.3.
2. Proc. Oidor, magistrado. Generalmente son letrados, aunque no todos.
3. Amb. Persona o grupo de personas que evalúa, en particular, el sistema de gestión ambiental implantado en la organización y que determina la conformidad con la política y el programa ambientales, así como el cumplimiento de los requisitos legales aplicables relativos al medioambiente.
Reglamento (CE) n.º 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25-XI, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales, EMAS, art. 2.

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