Diccionario panhispánico del español jurídico

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Audiencia Nacional

Sublema de audiencia
Proc.; Esp. Tribunal con jurisdicción en toda España y sede en la villa de Madrid, que conoce de ciertas causas penales, sociales y contencioso-administrativas. Está integrada por cuatro salas: la de Apelación, la de lo Penal, la de lo Contencioso-Administrativo y la de lo Social. Sala de Apelación: conoce de los recursos de apelación contra las resoluciones de la Sala de lo Penal. Sala de lo Penal: conoce de los delitos contra el titular de la Corona, su consorte y su sucesor, altos organismos de la nación y forma de gobierno, falsificación de moneda, defraudaciones, maquinaciones para alterar el precio de las cosas con repercusión en la economía nacional o perjuicio patrimonial en una generalidad de personas, tráfico de drogas, fraudes alimentarios y de sustancias farmacéuticas o medicinales, delitos cometidos fuera del territorio nacional, procedimientos penales iniciados en el extranjero o ejecución de sentencias penales extranjeras, cesiones de jurisdicción en materia penal derivadas del cumplimiento de tratados internacionales, ejecución de órdenes europeas de detención y entrega, y de los procedimientos judiciales de extradición pasiva; recursos contra sentencias y resoluciones de los juzgados centrales de lo penal, de instrucción, de menores y de vigilancia penitenciaria. Sala de lo Contencioso-Administrativo: conoce en única instancia de los recursos contra actos y disposiciones de órganos cuya competencia se extiende a todo el territorio nacional (ministros, secretarios de Estado, comisiones reguladoras) que no estén atribuidos al Tribunal Supremo; y en segunda instancia de los recursos contra las decisiones de los juzgados centrales de lo contencioso-administrativo. Sala de lo Social: conoce de los procesos especiales de impugnación de convenios colectivos cuyo ámbito territorial de aplicación sea superior al territorio de una comunidad autónoma, y de los procedimientos sobre conflictos colectivos cuya resolución tenga efectos en un ámbito territorial superior al de una comunidad autónoma.
«La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (PO 689/2011) asumió la competencia para conocer sobre la impugnación de la Resolución del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales de 10 de octubre de 2011, y acordó remitir a la Sección Quinta de dicha Sala los particulares oportunos para que ante ella se siguiera la tramitación del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Resolución de la Junta de Contratación del Ejército de Tierra de 4 de octubre de 2011, dando lugar al PO 53/2012, origen de la presente cuestión de competencia» (STS, 3.ª, 14-XI-2013, rec. 84/2013); LOPJ, arts. 62-69.