- atribución
- 1. Adm. Facultad de actuación otorgada a un órgano administrativo.En la legislación suele recibir el nombre de competencia, aunque también se designa alternativamente esta denominación, como ocurre respecto de las atribuciones del alcalde y el pleno del ayuntamiento en los artículos
21 y22 LRBRL.2. Adm., Civ. y Merc. Facultad correspondiente a un determinado profesional especializado de acuerdo con su título y conforme a las normas que regulan su profesión.Por ejemplo, facultad de proyección o facultad de dirección de obras, facultad de defensa en juicio.3. Gral. Apreciación o asignación de determinadas riquezas, patrimonio o rentas.