Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

atentado de matrimonio

Can. Delito que consiste en la celebración de matrimonio por parte de quien ha recibido en la Iglesia católica el orden sagrado o ha emitido voto perpetuo de castidad.
Se tipifica en el CIC, c. 1394, § 1. «El clérigo que atenta matrimonio, aunque sea solo civilmente, incurre en suspensión latae sententiae; y si, después de haber sido amonestado, no cambia su conducta y continúa dando escándalo, puede ser castigado gradualmente con privaciones o también con la expulsión del estado clerical. § 2. El religioso de votos perpetuos, no clérigo, que atenta contraer matrimonio aunque solo sea el civil, incurre en entredicho latae sententiae, además de lo establecido en el c. 694».