Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

asociación local para la defensa de los intereses de los vecinos

Sublema de asociación
Adm. Denominación genérica legal de organizaciones asociativas de vecinos para la defensa de intereses generales o sectoriales, cuyo desarrollo las entidades locales tienen el deber de favorecer, facilitándoles información, el uso de medios públicos y el acceso a ayudas económicas, e impulsando su participación en la gestión local, que pueden ser declaradas de utilidad pública.
LRBRL, art. 72.