Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

asociación sin fines de lucro

Sublema de asociación
1. Gral. Organización que no persigue un rédito económico, sino que posee un fin social o humanitario.
2. Civ.; R. Dom. Entidad formada por cinco o más personas físicas o jurídicas para desarrollar o realizar actividades de bien social o interés público con fines lícitos y sin que su propósito u objeto sea obtener beneficios pecuniarios o apreciables en dinero para repartir entre sus asociados.
Ley 122-05, para la Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro.