- asociación de utilidad pública
- Adm. Asociación que ha sido declarada de utilidad pública por reunir los requisitos establecidos en la ley y que permite disfrutar de ciertas exenciones y beneficios fiscales, así como asistencia jurídica gratuita.LO del derecho de asociación 1/2002,
arts. 32 ,33 y35 , con modificaciones establecidas en laLey 29/2011 .
Sublema de asociación