Diccionario panhispánico del español jurídico

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asistencia social

Sublema de asistencia2
Adm. Protección a toda persona que no disponga de recursos suficientes y no esté en condiciones de conseguirla por su propio esfuerzo o de recibirla de otras fuentes, especialmente por vía de prestaciones de un régimen de Seguridad Social.
Carta Social Europea, art. 13.1. La jurisprudencia constitucional distingue entre la asistencia social interna, correspondiente al sistema de Seguridad Social, y la asistencia social externa, que son prestaciones que no se incardinan en dicho sistema y que en España corresponden a la competencia exclusiva de las comunidades autónomas. STC 239/2002.