Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

asistencia sanitaria obligatoria en casos de urgencia vital

Pen. Imposición de un tratamiento, contra la voluntad del interesado, si la intervención médica es estrictamente necesaria para intentar salvar la vida del paciente o cuando el no hacerlo suponga un peligro evidente para la salud o la vida de terceras personas. Será preciso autorización judicial.
RP, art. 210.