Merc.Derecho del socio en las sociedades mercantiles a participar en la junta o asamblea de la sociedad.
En las sociedades anónimas se puede condicionar el derecho a la acreditación, con una determinada anticipación a la celebración de la junta, o a la posesión de un número mínimo de acciones. LSC, arts. 93.c,179-189, 521 y 522.