Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

asamblea municipal del poder popular

Sublema de asamblea
Adm., Const. y Parl.; Cuba Órgano superior del poder del Estado en su demarcación, al que corresponde, entre otras funciones, aprobar y controlar, en lo que le corresponda, el plan de la economía, el presupuesto y el plan de desarrollo integral del municipio, así como controlar y fiscalizar la actividad del Consejo de la Administración del Municipio.
Está integrada por delegados elegidos por voto directo de los electores y propuestos directamente por el pueblo. Se integra por los delegados elegidos en cada circunscripción en que a los efectos electorales se divide su territorio, mediante el voto libre, igual, directo y secreto de los electores. Constitución de la República de Cuba, arts. 185 y ss.