Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

asamblea legislativa

Sublema de asamblea
1. Const. Cámara, asamblea o parlamento que tiene potestades legislativas.
CE, art. 152 .
2. Const.; C. Rica Órgano unicameral al que constitucionalmente le está encargado la aprobación de leyes.
Constitución Política de Costa Rica, art. 105. Está compuesta por 57 diputados, elegidos por votación popular y por un período de cuatro años.
3. Const.; Arg. Reunión conjunta y simultánea de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Diputados del Congreso de la Nación.
Constitución de la Nación Argentina, arts. 93 y 99, inc. 8.

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