Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

asamblea de socios

Sublema de asamblea
Merc.; Bol., Chile, Col., Hond. y R. Dom. Órgano supremo de la sociedad de responsabilidad limitada al que corresponde expresar la voluntad social mediante emisión de voto mayoritario de los socios debidamente convocados.
Por ejemplo, Decreto 968, de Chile, art. 13. En Chile, esta denominación también se aplica a las cooperativas, asociaciones de apoyo mutuo reguladas en el DFL 5, de 17-II-2004, del Ministerio de Economía. Ley 479-08 de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, de la República Dominicana, arts. 40 y 69. Código de Comercio, de Colombia, art.181. Código de Comercio, de Honduras (Norma 73-50), art. 165.

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