Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

arresto

1. Gral. Detención o privación de libertad.
2. Mil. Sanción disciplinaria aplicable a las faltas que consiste, si son leves, en la restricción de libertad del sancionado e implica su permanencia, por el tiempo que dure su arresto, en su domicilio o en el lugar de la unidad, acuartelamiento, base, buque o establecimiento militar que se señale. Si el arresto se impone por falta grave, consiste en la privación de libertad del sancionado y su internamiento en un establecimiento disciplinario militar durante el tiempo por el que se imponga.
LORDFA, arts. 13 y 14. Al momento de depositar el instrumento de Ratificación del Convenio europeo para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, el Reino de España formuló una reserva a los artículos 5 y 6 en la medida en que fueran incompatibles con las disposiciones del Código de Justicia Militar sobre el régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas. Esta reserva ha sido modificada posteriormente en tres ocasiones: la primera, por la entrada en vigor el 1 de junio de 1986 de la Ley Orgánica 12/1985, de 27 de noviembre, del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas; la segunda, como consecuencia de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, que entró en vigor el 3 de febrero de 1999; y la tercera, como consecuencia de la entrada en vigor, el 5 de marzo de 2015, de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre , de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
3. Hist. y Pen. Pena de prisión. Sus clases, en función de su duración, eran arresto mayor y arresto menor.
CP 1973, arts. 27 y 30.

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