Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

arrecife artificial

Amb. Conjunto de elementos o módulos, constituidos por diversos materiales inertes, o bien los cascos de buques de madera específicamente adaptados para este fin, que se distribuyen sobre una superficie delimitada del lecho marino, con la finalidad de favorecer la generación, atracción, concentración, desarrollo o protección de los recursos pesqueros.
Art. 2 de la Ley 33/2014, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado (BOE n.º 313 de 27 de diciembre de 2014); Ley 6/2013, de 7-XI, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears, art. 4.