- arma de un solo tiro
- Adm. Arma de fuego sin depósito de municiones, que se recarga antes de cada disparo mediante la introducción manual de un cartucho en la recámara o en un alojamiento especial a la entrada del cañón.También se denomina arma monotiro.
Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de armas, art. 2.
Sublema de arma de fuego, arma