Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

arma automática

Sublema de arma de fuego, arma
Adm. y Pen. Arma de fuego que recarga automáticamente después de cada disparo y con la que es posible efectuar varios disparos sucesivos mientras permanezca accionado el disparador, por ser mecánico el ciclo de amartillar, disparar y extraer la vaina.
Es arma prohibida para la caza. Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de armas.

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