Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

archipiélago

1. Adm., Const. e Int. púb. Grupo de islas, incluidas partes de islas, las aguas que las conectan y otros elementos naturales, que están tan estrechamente relacionados entre sí que forman una entidad geográfica, económica y política intrínseca, o que, aunque no se cumplan estas condiciones, hayan sido considerados históricamente como tal.
«En los archipiélagos, las islas tendrán además su administración propia en forma de Cabildos o Consejos» (CE, art. 141.4 ; CNUDM, art. 46.b).
2. Adm. y Const.; Esp. Ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias, art 1. Aun cuando lo sea también en el caso de la Comunidad Autónoma de Illes Balears, el territorio de esta se determina mediante enumeración exhaustiva de las islas que lo forman. EAIB, art. 2.

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