Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

apud acta

Gral. Acto jurídico documentado de apoderamiento, que se formaliza ante el fedatario judicial, mediante el cual se le otorga a un procurador la facultad de representación en el proceso.
«En tanto que no se aportó en el plazo de diez días al efecto otorgado ningún poder de representación, apud acta, ni escrito justificativo del cumplimiento del defecto denunciado» (STS, 3.ª, 6-IV-2015, rec. 470/2013). LEC, art. 24.