- aprovechamiento minero
- 1. Adm. y Civ. Explotación de un yacimiento mineral que puede ser común o especial dependiendo del tipo de minerales de que se trate y de los terrenos, públicos o privados, en que se encuentre.
Ley 22/1973 , de 21-VII, de Minas, art. 16.2. Adm. Utilización de las aguas que pueden hacer los titulares de derechos mineros con fines exclusivamente mineros y relativa a las aguas que capten con motivo de la explotación. Deben solicitar la correspondiente concesión.
Sublema de aprovechamiento