Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

aprehender

1. Gral. Coger, asir, prender a alguien o algo, especialmente si es de contrabando.
2. Pen. Retener a una persona para presentarla a la autoridad.
Con carácter general es delito tipificado en el CP, artículo 163.4 , pero la LECrim autoriza, en su artículo 490 , a los particulares a detener a quienes intenten cometer un delito en el momento de ir a cometerlo, al delincuente in fraganti, al que se fugare de un establecimiento penal o de la cárcel en que estuviera esperando su traslado, o al ser conducido al establecimiento penitenciario, o al procesado o condenado que estuviese en rebeldía.