- applicanda est lex reo favorabilior
- Gral. 'Se ha de aplicar al reo la ley más favorable' (CIC, c. 1313 § 1).La regla se refiere a los supuestos de modificación de la ley después de haber cometido el delito (si post delictum commissum lex mutetur), inclinándose a aplicar la ley más favorable para el reo.