Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

applicanda est lex reo favorabilior

Gral. 'Se ha de aplicar al reo la ley más favorable' (CIC, c. 1313 § 1).
La regla se refiere a los supuestos de modificación de la ley después de haber cometido el delito (si post delictum commissum lex mutetur), inclinándose a aplicar la ley más favorable para el reo.

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