Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

aplicación judicial del derecho extranjero

Int. priv. Aplicación del derecho extranjero, una vez probado, por parte de autoridades y órganos jurisdiccionales.
«El derecho extranjero deberá ser probado en lo que respecta a su contenido y vigencia, pudiendo valerse el tribunal de cuantos medios de averiguación estime necesarios para su aplicación» (LEC/2000, art. 281.2.º).

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