Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

animus solvendi

Sublema de animus
Civ. Ánimo de extinguir una obligación al realizar un pago.
«[...] para poder ejercitar la acción de repetición deben de concurrir los siguientes requisitos: »1) Pago efectivo, hecho con la intención de extinguir la deuda ( animus solvendi ) o en general de cumplir con un deber jurídico, sin que la obligación tenga que ser únicamente de dar o entregar cosa específica o determinada, incumbiendo la prueba del pago al que pretende haberla hecho […]» (STS, 1.ª, de 23-III-2011, rec. 2311/2006).