Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

animus iniuriandi

Sublema de animus
Civ. y Pen. Propósito de injuriar utilizando expresiones deshonrosas que implican menosprecio o descrédito de una persona.
Es necesario que dicho ánimo concurra para que exista un delito de injuria. «[...] este Tribunal ha declarado reiteradamente que el reconocimiento constitucional de las libertades de expresión y de información ha modificado profundamente la forma de afrontar este enjuiciamiento de los delitos contra el honor en aquellos supuestos en los que la conducta a considerar haya sido realizada en ejercicio de dichas libertades, “pues la dimensión constitucional del conflicto hace insuficiente el criterio subjetivo del animus iniuriandi tradicionalmente utilizado por la Jurisprudencia penal para el enjuiciamiento de este tipo de delitos» (STC, 2.ª, de 22-IX-2008, rec. 1571/2005).

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