- animales vivos
- 1. Adm. A efectos de su transporte especial, animales de fauna cinegética criados en granja o cercón o capturados en vivo, cuya comercialización, traslado y suelta en lugares distintos se somete a autorizaciones administrativas y controles sanitarios.2. Adm. Animales auxiliares del cazador, sobre todo perros de rehala y en grupos de más de cinco, que deben viajar en vehículos autorizados y señalizados, desinfectados y manejados por personas habilitadas que garanticen el bienestar animal que impone la normativa de la UE.
Sublema de animal