Diccionario panhispánico del español jurídico

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amor conyugal

Can. En el derecho canónico, la íntima comunidad conyugal entre el hombre y la mujer es sagrada, y está estructurada con leyes propias establecidas por el Creador que no dependen del arbitrio humano. Por ello, la institución del matrimonio no es una injerencia indebida en las relaciones personales íntimas entre un hombre y una mujer, sino una exigencia derivada del pacto de amor conyugal (Exhortación apostólica Familiaris consortio, núm. 13). No obstante esta relevancia del amor conyugal, la causa eficiente del matrimonio canónico es el consentimiento, no el amor: non amor sed consensus matrimonium facit.