- amicitia
- 1. Pen. Vínculo jurídico que protege a las personas que han contraído un lazo de protección mutua, por lo que en caso de ruptura por la comisión de un delito, se considera este agravado; es el efecto contrario a inimicitia.«Et aun hi ha otra manera de amistad, segunt la costumbre de España, que posieron antiguamiente los fijosdalgo entre sí, que se non deben deshonrar nin facer mal unos a otros a menos de se tornar la amistad et se desafiar primeramiente» (P 4, 27, 4).2. Hist. Amistad.«Amicitia en latín tanto quiere decir en romance como amistad» (P 1, 4, 41).