Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

almadraba

Adm. Arte de trampa, de red, fijo y calado al fondo, empleado, principalmente, para la pesca de túnidos, constituido por un conjunto de redes, cables y cabos que forman una trampa que, al estar situada en zonas de paso de los cardúmenes, sirve para conducirlos a un recinto sin salida desde donde se extraen.
RD de 4 de julio de 1924 y Orden APA/62/2003, de 20 de enero, por la que se regula el ejercicio de la actividad pesquera con arte de almadraba y la concesión de las licencias.