Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

alguacil mayor

Sublema de alguacil
1. Hist. y Proc. Oficial subalterno de la Administración de Justicia local que ejercía funciones ejecutivas de las resoluciones de los alcaldes de ciudades y villas o de los alcaldes ordinarios en ciudades o villas importantes en los que existían varios alguaciles, estando bajo sus órdenes los alguaciles menores, en cuyo nombramiento participaban. Alternaban las rondas con los alcaldes de cuartel.
2. Hist. y Proc. Oficial subalterno de la Administración de Justicia local que ejercía funciones ejecutivas en los tribunales en los que había varios alguaciles, estando a su cargo el resto de los alguaciles menores.
En las audiencias y chancillerías llegó a ser un cargo honorífico, enajenado de la Corona mediante compra, con categoría similar a la de ministros togados, generalmente enajenado a personas de alta significación. En los tribunales el cargo quedó suprimido en la reforma de 1835.