Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

alesor

Fin. e Hist. Diezmo.
En el derecho medieval de la España musulmana se cobraba por los solares edificados de titularidad pública, suponiendo una especie de derecho de superficie. Se mantuvo por los reyes cristianos, si bien fue frecuente su exención una vez reconquistado el territorio, como aparece en el Privilegio a los mozárabes, castellanos y francos de Toledo, otorgado por Alfonso VII en 1137: «Non dent regi terrae, alesor, neque allio homini de pane, de vino, neque allio labore quem fuerint».