Diccionario panhispánico del español jurídico

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alcance

1. Gral. Extensión, ámbito, límite, efecto.
«Reglamentariamente se determinará el alcance compensatorio del tiempo permanecido en la situación de suspensión de funciones con relación a la duración y efectos de la situación de suspensión de empleo» (Ley 29/2014, de 28-XI, de régimen del personal de la Guardia Civil, art. 91.8).
2. Adm. Colisión entre vehículos por vulnerar la distancia mínima de seguridad el que circula detrás.
«Se permitirá a los conductores de bicicletas circular en grupo sin mantener tal separación, extremando en esta ocasión la atención, a fin de evitar alcances entre ellos» (Reglamento General de Circulación-RD 1428/2003).
3. Contr. ext. Saldo deudor injustificado de una cuenta o, en términos generales, la ausencia de numerario o de justificación en las cuentas que deban rendir las personas que tengan a su cargo el manejo de caudales o efectos públicos, ostenten o no la condición de cuentadantes ante el Tribunal de Cuentas.
Ley 7/1988, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, art. 72.1. «La jurisdicción contable se extiende a los alcances de caudales o efectos públicos, así como a las obligaciones accesorias constituidas en garantía de su gestión» (LO 2/1982, del Tribunal de Cuentas, art. 15.2).
4. Contr. ext. Menoscabo de los fondos o caudales públicos por no rendir cuentas debiendo hacerlo por razón de estar encargado de la custodia o manejo de los mismos, por no justificar el saldo negativo de una cuenta, por no efectuar los ingresos a los que se esté obligado por razón de su percepción o su tenencia, por sustraerlos o consentir que otro los sustraiga, o por dar ocasión a que un tercero realice su sustracción, aplicándolos a usos propios o ajenos.
5. Fin.; Pan. Cobro adicional a un contribuyente por alguna deficiencia encontrada por la autoridad tributaria en su declaración jurada de renta o en el pago de algún tributo.
6. Merc.; Chile Saldo a favor o en contra de la persona que rinde cuentas.
Risopatrón Argomedo, Carlos: Diccionario razonado de legislación y jurisprudencia chilenas, 1882.
7. Fin. e Hist. Suma pendiente de pagar al fisco por los recaudadores o arrendadores de la recaudación de tributos o pedido, cuando hacían la liquidación de la recaudación con déficit.
Dichos alcances o déficits podían ser constitutivos de multas diversas o penas, que eran ejecutadas por los ejecutores de alcances.

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