Diccionario panhispánico del español jurídico

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alcalde de cofradía

Sublema de alcalde, desa
Hist. Oficial con jurisdicción especial para juzgar los asuntos que se planteaban entre los miembros de cada cofradía.
Cada cofradía tenía su propia jurisdicción, conseguida mediante privilegio real, por lo que se trataba de jurisdicción especial. Sus competencias se recogían en las ordenanzas de la cofradía. Los sistemas más frecuentes de nombramiento eran mediante elección o insaculación entre los cofrades. Dependiendo de su privilegio y estatutos u ordenanzas, de las apelaciones a sus sentencias en segunda instancia solían conocer la justicia ordinaria, bien alcaldes de las ciudades y villas, bien el corregidor y en última instancia las audiencias y chancillerías.