Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

aguas regeneradas

Sublema de aguas
Adm. Aguas depuradas susceptibles de reutilización por haber alcanzado el criterio de calidad exigible para el uso al que vayan a ser destinadas.
TRLA, art. 109 ; Real Decreto 1620/2007, de 7 de diciembre, por el que se establece el régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas (BOE n.º 294, de 8 de diciembre).

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