Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

aguas interiores

Sublema de aguas
Adm. e Int. púb. Aguas situadas entre la línea de base del mar territorial y la tierra firme del Estado ribereño, sometidas a su soberanía y cuyo régimen jurídico queda confiado a su legislación y jurisdicción con muy escasas limitaciones, como sucede en las aguas de los puertos.
Ley 33/2014, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado (BOE n.º 313 de 27 de diciembre de 2014), art. 2; CNUDM, arts. 8 y sigs.

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