Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

aguas costeras

Sublema de aguas
Adm. Aguas superficiales situadas hacia tierra desde una línea cuya totalidad de puntos se encuentra a una distancia de una milla náutica mar adentro desde el punto más próximo de la línea de base que sirve para medir la anchura de las aguas territoriales y que se extienden, en su caso, hasta el límite exterior de las aguas de transición.
TRLA, art. 16 bis.

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