Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

agrupación de tráfico de la Guardia Civil

Sublema de agrupación
Adm.; Esp. Unidad especial del Cuerpo de la Guardia Civil que ejerce las funciones en materia de tráfico propias de este cuerpo, en las vías interurbanas y en las travesías de los municipios que carecen de Policía Municipal. Depende funcionalmente del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico.
«Para el ejercicio de las competencias atribuidas al Ministerio del Interior en materia de vigilancia, regulación y control del tráfico y de la seguridad vial, así como para la denuncia de las infracciones a las normas contenidas en esta Ley, y para las labores de protección y auxilio en las vías públicas o de uso público, actuarán, de acuerdo con lo que reglamentariamente se determine, las Fuerzas de la Guardia Civil, especialmente su Agrupación de Tráfico, que a estos efectos depende específicamente de la Jefatura Central de Tráfico» (TRLTSV, art. 6.2).