Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

agente rehabilitador

Sublema de agente
1. Adm. Persona a la que la Administración adjudica, en concurso público, la función de construcción de un solar edificable o de un área urbana, a cambio de una retribución consistente en la obtención de un porcentaje de la nueva edificación.
Orden de 5 de junio de 2013, por la que se regula el régimen y funcionamiento de los agentes rehabilitadores en el ámbito de la comunidad autónoma de extremadura.
2. Adm. Persona que, por encargo de la Administración, gestiona la ejecución forzosa de la edificación por incumplimiento por el propietario de su deber de edificar.
Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, del País Vasco, art. 203.

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