Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

agente de retención

Sublema de agente
Fin.; Arg., Col., Ec., El Salv., R. Dom. y Ur. Persona física o jurídica que legalmente tiene la obligación de retener la parte de la retribución que los contribuyentes deben abonar para el pago de impuestos.
El caso típico es el de los empleadores con respecto a las retribuciones que abonan a sus empleados. «La obligación de ingresar los fondos de seguridad social por parte del empleador y los sindicales a su cargo, ya sea como obligado directo o como agente de retención, configurará asimismo una obligación contractual» (Ley 20 744 de Contrato de Trabajo, de Argentina, art. 80). Ley Nacional 11 683, de Procedimiento Tributario, de Argentina, art. 6. Decreto 624 de 1989, por el cual se expide el Estatuto Tributario de los Impuestos Administrados por la Dirección General de Impuestos Nacionales, de Colombia, art. 368.Código Tributario, de la República Dominicana, art. 8. Código Tributario, de Ecuador, art. 29, numeral 1.