Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

agente de publicidad

Sublema de agente
Gral.; Nic. Persona natural o jurídica que se dedica directa o indirectamente a la publicación o difusión de información oral, visual, gráfica, escrita o pictórica o de cualquier tipo de material, incluida la publicación por medio de anuncios, libros, periódicos, conferencias, transmisiones, películas, u otras tecnologías de la información y la comunicación.
Ley n.º 1040, de Regulación de Agentes Extranjeros (La Gaceta, Diario Oficial, n.º 192, del 19 de octubre de 2020), art. 3.