Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

agencias y unidades de negocio

Sublema de agencia3
Adm.; Chile y Ec. Cada una de las diferentes áreas administrativo-operativas de la empresa pública dirigidas por un administrador con poder especial para el cumplimiento de las atribuciones que le serán conferidas por el representante legal de la referida empresa, que no gozan de personería jurídica propia y que se establecen para desarrollar actividades o prestar servicios de manera descentralizada y desconcentrada.
Ley Orgánica de Empresas Públicas, de Ecuador, art. 4.