Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

afectación directa e individual

Sublema de afectación
Eur. Condición exigida a un particular para que pueda ejercer la legitimación activa ante el Tribunal de Justicia, interponiendo un recurso de anulación o un recurso por omisión en relación con un acto del que no es destinatario directo, o en relación con actos de carácter general.
TFUE, art. 263, párr. 4.º y art. 265, párr. 3.º; STJCE, 18-V-1994, Codorniu contra Consejo, C-309/89.

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Sublemas